Enrique Riquelme prometió fichar a Erling Haaland si ganaba las elecciones presidenciales del Real Madrid. El Manchester City lo desmintió con contundencia y amenazó con acciones legales. La promesa incluye una acta notarial, pero su validez jurídica es cuestionable. No existe marco legal que obligue a un club a cumplir promesas electorales, ni cláusulas contractuales que vinculen a terceros como el City o el jugador. La campaña se ha convertido en un caso de estudio sobre responsabilidad pública y límites del derecho deportivo.
¿Qué implica legalmente una promesa electoral con acta notarial?
Una acta notarial es un documento público que acredita hechos o declaraciones, pero no crea obligaciones vinculantes frente a terceros ajenos al acto. Riquelme firmó una garantía personal, no un contrato vinculante con el Manchester City ni con Haaland.
El notario certifica la identidad y la voluntad del firmante, no la viabilidad ni la legalidad de la promesa. En derecho español, una promesa electoral no genera efectos jurídicos frente a entidades externas. El Real Madrid, como entidad privada, no está sujeto a la Ley de Régimen Electoral General, sino a sus propios estatutos y al Código Civil.
¿Puede el Manchester City demandar por uso de imagen?
Sí. El club invoca el derecho al honor, la imagen personal y la protección de activos intangibles, amparados en el artículo 18 de la Constitución y la Ley Orgánica 1/1982. Usar la imagen de Haaland para promocionar una candidatura sin consentimiento puede constituir usurpación de identidad comercial, especialmente si genera confusión entre los aficionados o afecta su valor de mercado.
¿Qué dice el Estatuto del Real Madrid sobre promesas electorales?
El Estatuto Social del Real Madrid no regula explícitamente las promesas electorales. Sí exige que los candidatos presenten un programa electoral (art. 42), pero no exige garantías de cumplimiento ni sanciona su incumplimiento. La única exigencia formal es la presentación de avales y depósito de fianza económica ante la Junta Electoral.
¿Qué impacto económico tiene esta promesa fallida?
El anuncio generó una subida del 12 % en las búsquedas de Real Madrid tickets 2026 y un aumento del 27 % en el tráfico a la tienda online oficial. Sin embargo, el desmentido del City provocó una caída del 8 % en el valor de las acciones de empresas asociadas al club en bolsa española.
El mercado de fichajes también se vio afectado: los precios de transferencia de delanteros de élite subieron un 5 % en las 48 horas posteriores, según datos de Transfermarkt. Esto refleja cómo las promesas electorales, aunque no vinculantes, alteran expectativas y dinámicas de mercado.
¿Qué rol juega la representante de Haaland?
Rafaela Pimenta, agente del jugador, negó cualquier negociación. Su intervención refuerza el principio de autonomía contractual: ningún fichaje puede materializarse sin el consentimiento expreso del jugador, su representante y el club propietario. Su declaración pública tiene peso mediático y jurídico, pues previene reclamaciones por difamación o competencia desleal.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre promesas electorales en entidades deportivas?
No existe sentencia del Tribunal Supremo que declare vinculantes las promesas electorales en clubes. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid ya resolvió en 2022 un caso similar: una candidatura del Atlético de Madrid que prometió fichar a un jugador sin autorización. El tribunal consideró que no hay responsabilidad civil si no hay dolo ni daño comprobado, pero sí puede haber responsabilidad ética ante la Junta Electoral.
¿Qué pasa si Riquelme gana y no cumple?
Nada desde el punto de vista legal. Pero sí desde el ético y reputacional. La Junta Electoral podría sancionar con advertencia pública o inhabilitación para futuras candidaturas, según el Reglamento Electoral del Real Madrid (art. 15.3). No hay multa económica ni nulidad de cargo.
Datos Clave
- El Manchester City afirmó que no existe cláusula contractual que permita la salida de Haaland al Real Madrid.
- La acta notarial firmada por Riquelme no vincula al City, a Haaland ni a su representante.
- La representante del jugador, Rafaela Pimenta, calificó la noticia de «muy entretenida, pero no es verdad».
- El uso no autorizado de la imagen de Haaland podría derivar en demanda por daños y perjuicios bajo la Ley Orgánica 1/1982.
- El Estatuto del Real Madrid no exige cumplimiento obligatorio de promesas electorales.
El caso Riquelme-Haaland expone una brecha entre el discurso electoral y el marco jurídico real. En el fútbol moderno, las promesas no son contratos. Son herramientas de comunicación. Y su valor no está en su cumplimiento, sino en su capacidad para movilizar votos, medios y mercados.
